Programa de Apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, empresarios individuales y profesionales autónomos
Esa financiación bancaria se materializará en préstamos avalados por Sociedades de Garantía Recíproca y en condiciones de tipo de interés preferenciales .
Colectivo beneficiario:
2.- Los empresarios individuales y profesionales autónomos, domiciliados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, entendiéndose por tales aquéllos que cumplan los siguientes requisitos:
- Que estén dados de alta en el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos de la Seguridad Social.
- Que obtengan rendimientos de actividades económicas o profesionales sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Dotación. Las condiciones de las operaciones financieras serán las siguientes:
- La cuantía mínima por operación avalada será de 50.000 euros para Pymes y 10.000 euros para autónomos.
- La cuantía máxima por beneficiario avalado será de 600.000 euros para Pymes y 100.000 euros para autónomos.
- Instrumento: préstamo.
- Plazo: 3 años. Período máximo de carencia del principal, 1 año. Amortización e intereses trimestrales por períodos vencidos.
- El tipo de interés aplicable será el Euribor a tres meses más un margen de 1,50 %, revisable trimestralmente.
- No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicional al préstamo.
- Los préstamos serán avalados por una sociedad de garantía recíproca. El coste del aval será de 0,15 % en concepto de comisión de estudio a la solicitud y una comisión de aval anual del 0,50 %.
Del 2010-03-08 al 2010-12-15