Gipuzkoa Industria 4.0: Desarrollo de productos y servicios (I+D+i)
Objeto: Proyectos dirigidos al desarrollo de nuevos productos y aplicaciones destinados al mercado de la Fabricación Avanzada y de la Industria 4.0 que comporten innovación, entendida esta como el desarrollo de productos o procesos (o una combinación de ambos), nuevos o mejorados, que difieren significativamente de los productos o procesos ofrecidos por la entidad solicitante. Los proyectos deberán incluirse dentro de la categoría definida por la Unión Europea como de "desarrollo experimental" y que se describe en la base 1ª de la normativa del presente programa de ayudas.
Son subvencionables: Entre otros, se consideran subvencionables el desarrollo de productos o servicios 4.0 relacionados con:
- Gestión y control del proceso productivo
- Conectividad
- Big Data
- Computación y cloud
- Realidad aumentada y realidad virtual
- Robótica avanzada
- Internet de las cosas (IoT)
- Visión artificial, inspección 3D y medición avanzada
- Fabricación aditiva e impresión 3D
- Tecnologías de trazabilidad de procesos y productos
No serán subvencionables:
- Las adaptaciones de productos o servicios a las necesidades particulares de un cliente.
- Las mejoras en los procesos internos de la entidad solicitante.
- Segundas fases de proyectos o versiones mejoradas de productos o servicios ya apoyados por la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- Proyectos relacionados con ámbitos tecnológicos específicos apoyados por otros programas de la Diputación Foral de Gipuzkoa; estas exclusiones se concretarán en cada convocatoria.
Concretamente, en la convocatorio 2020 no se considerará subvencionables el desarrollo de productos o servicios relacionados con:
- Ciberseguridad
- Electromovilidad, almacenamiento de energía o vehículo autónomo
- Aplicación de tecnologías a la cadena de valor de la gastronomía
Gastos subvencionables: Costes de personal y Subcontrataciones
Porcentajes y cuantía máxima de las subvenciones
Cuantía máxima: 60.000 €
Las subvenciones objeto de las presentes bases serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de la Diputación Foral de Gipuzkoa o cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Beneficiarios: Tendrán la consideración de beneficiarias las empresas que desarrollan su actividad en Gipuzkoa, siempre que el resultado del proyecto a apoyar sea de aplicación directa a estas instalaciones. Así mismo, el desarrollo del proyecto debe realizarse en las sedes del Territorio Histórico de Gipuzkoa, sin perjuicio de que parte del proyecto pueda subcontratarse a otras entidades de fuera del territorio.
Del 2020-03-14 al 2020-04-13