Programa "FÁBRICAS de CREACIÓN". Modalidad SORGUNE.

Descripción

Subvenciones del programa "Fábricas de Creación". Modalidad SORGUNE.

Objeto:

Propuestas artísticas y culturales que promuevan la innovación y la singularidad a través de la investigación, la experimentación, el diálogo y la intersección entre disciplinas tanto artísticas como sociales.

Dichas propuestas artísticas y culturales deberán estar encuadradas en alguna de las siguientes disciplinas: Artes visuales, Cine y Audiovisuales, Danza, Literatura, Música, Teatro, Circo, Magia o Bertsolarismo.

Esta modalidad regula las subvenciones destinadas a los proyectos de actividad de aquellos centros de creación que, a través de la organización de programas específicos y con dotaciones, infraestructuras y estructuras adecuadas para ello, propicien, tanto a personas como a colectivos creativos, espacios, recursos y acompañamiento colaborativo para que puedan desarrollar sus procesos de creación y producción, siempre desde la orientación a la innovación de las diferentes expresiones artísticas, la detección y respaldo al talento, la gestión participativa y la relación con el entorno local.

Colectivo beneficiario:

Esta modalidad de subvenciones está dirigida a aquellas personas físicas o jurídicas privadas que, en el momento de publicación de la presente Orden, tengan su domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y que, hallándose en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, e independientemente de su forma jurídica, cumplan con los siguientes requisitos:

a) Ser los titulares de la gestión o explotación de un centro de creación que cumpla con lo establecido en el artículo 20.2 de la presente Orden, debiendo acreditar documentalmente alguna de las siguientes condiciones:

– Ostentar el título de propiedad del inmueble, y destinar el mismo a su uso como centro de creación.

– Tener la condición de arrendatario del inmueble, en virtud de contrato de arrendamiento formalizado al efecto, y destinar el mismo exclusivamente a su uso como centro de creación.

– Tener cedida a su favor, por cualquier título, la gestión o explotación del inmueble como centro de creación.

b) Estar dados de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe relativo a las actividades principales a realizar en el centro.

No podrán acceder a las subvenciones de la presente modalidad aquellas personas que realicen la solicitud en calidad de adjudicatarias de un contrato de servicios o de gestión de servicios públicos sobre un centro de creación de titularidad pública.

Plazo de solicitud

Del 2015-03-31 al 2015-04-30

Categorías

  • Sector: Sector INDUSTRIAS CULTURALES y CREATIVAS
    Área: Innovación y Cooperación
    Objetivo: Innovación y Competitividad