Subvenciones para el CÁLCULO y REDUCCIÓN de la HUELLA de CARBONO ORGANIZACIONAL, de PRODUCTO, SERVICIO o EVENTO

Descripción

Subvenciones a fundaciones y sociedades mercantiles para el cálculo y reducción de la huella de carbono organizacional, de producto, servicio o evento

Actuaciones subvencionables:

a) Cálculo de la huella de carbono organizacional con alcance 1+2 y la elaboración de un plan de reducción de la misma. El alcance señalado anteriormente, responderá a los alcances 1 y 2 recogidos en el GHG PROTOCOL o a la categoría 1 y 2 de la norma ISO 14064-1:2018 (emisiones directas e indirectas, respectivamente). Para el cálculo de la huella de carbono deberá utilizarse una de las siguientes calculadoras: 1.-Calculadora de Huella de Carbono de Organización del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. 2.- Calculadora de Huella de Carbono de Organización de IHOBE. La calculadora por la que se opte deberá estar actualizada y tener incorporado el año objeto de cálculo.

b) Cálculo de la huella de carbono organizacional con alcance 3 (incluidos los alcances 1+2) y la elaboración de un plan de reducción de la misma. Para el cálculo de la huella de carbono organizacional, deberá utilizarse alguna de las siguientes metodologías: - UNE-EN ISO 14064-1:2019. Gases de efecto invernadero. Parte 1: Especificación con orientación, a nivel de las organizaciones, para la cuantificación y el informe de las emisiones y remociones de gases de efecto invernadero (ISO 14064-1:2018). - GHG PROTOCOL. Corporate Standard: A Corporate Accounting and Reporting Standard; y Corporate Value Chain (Scope 3) Accounting and Reporting Standard El cálculo de la huella de carbono organizacional podrá realizarse para un único año, preferentemente 2022, o para hasta 4 años (2019-2022). Las huellas de carbono organizacionales de los apartados a) y b) deberán ser inscritas en el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (creado por el Real Decreto 163/2014 de 14 de marzo) y disponer del correspondiente certificado que lo acredite. Será imprescindible presentar en el momento de la justificación final el certificado que lo acredite.

c) Cálculo de huella de carbono asociada a un producto, servicio o evento y la elaboración de un plan de reducción del mismo. Para el cálculo de la huella de carbono de producto o servicio, deberá utilizarse alguna de las siguientes metodologías: - GHG Protocol: Product Life Cycle Accounting and Reporting Standard - UNE-EN ISO 14067:2019 Gases de efecto invernadero. Huella de carbono de productos. Requisitos y directrices para la cuantificación. (ISO 14067:2018) Para el cálculo de la huella de carbono de un evento deberá utilizarse los estándares señalados en los apartados a) y b) para el cálculo de la huella de carbono organizacional.

Beneficiarios: Podrán optar a las ayudas las fundaciones no forales y sociedades mercantiles radicadas en Gipuzkoa.

Plazo de solicitud

Del 2023-02-07 al 2023-03-06

Categorías

  • Sector: Para TODOS los SECTORES
    Área: Inversión Dedicada
    Objetivo: Eficiencia Energética y Medio Ambiente