Ayudas para el SOSTENIMIENTO del SECTOR TURÍSTICO VASCO *Covid-19*

Descripción

Ayudas para el sostenimiento del sector turístico vasco

Objeto: Establecer las bases para proteger y dar soporte económico de forma directa al sector turístico vasco, a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, microempresas, pequeñas y medianas empresas, para minimizar el impacto de las medidas adoptadas para contener la expansión de la COVID-19 y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de su actividad.

Cuantía de la ayuda:en función del número de personas trabajadoras en el establecimiento a fecha de 15 de enero (salvo empresas de turismo activo, que se referirá a la plantilla media del año 2019):

- Para alojamientos, transporte turístico, turismo activo, organizadores de congresos y guías de turismo:

  •  1-3 personas trabajadoras: 6.000€
  • 4-9 personas trabajadoras: 9.000€
  • 10-49 personas trabajadoras: 12.000€
  • Más de 49 personas trabajadoras: 15.000€

- Para empresas turísticas de mediación:

  • 1-3 personas trabajadoras: 10.000€
  • 4-9 personas trabajadoras: 12.000€
  • 10-49 personas trabajadoras: 15.000€
  • Más de 49 personas trabajadoras: 20.000€

Beneficiarios: personas autónomas, Comunidades de Bienes, micro, pequeñas y medianas empresas de las siguientes tipologías:

- Establecimientos de alojamiento turístico: hoteles, apartamentos, campings, agroturismos, casas rurales y albergues.

- Personas jurídicas titulares de viviendas y habitaciones de uso turístico que cuenten con trabajadores por cuenta ajena.

- Empresas turísticas de mediación: agencias de viaje, centrales de reservas, operadores turísticos.

- Empresas de transporte turístico.

- Empresas de turismo activo.

- Empresas profesionales organizadoras de congresos.

- Guías de turismo.

Requisitos:

- En el caso de alojamientos y empresas de mediación: estar inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas antes del 15 de enero de 2021.

- Estar dados de alta en el IAE con anterioridad al 15 de enero de 2021.

- Estar domiciliada social y fiscalmente en la CAPV y radicar en la misma el centro de trabajo a fecha de 15 de enero de 2021.

- En el caso de personas autónomas: estar dados de alta antes del 15 de enero de 2021.

Obligaciones:

- Permanecer de alta en la actividad durante al menos 4 meses desde el día siguiente a la fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes.

- Dedicarse a la actividad financiada durante al menos 4 meses seguidos desde el día siguiente a la fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes.

Plazo de solicitud

Del 2021-02-03 al 2021-02-24

Categorías

  • Sector: Sector TURISMO & HOSTELERíA
    Área: Reestructuración Empresarial
    Objetivo: Adecuación Financiera
  • Sector: COVID-19
    Área: Sector TURISMO & HOSTELERÍA
    Objetivo: Financiación