Programa Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas (Ayudas a Inversiones para la Transición Ecológica y para la Transición Digital)

Descripción

Ayudas destinadas a la financiación del Programa «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas»

Objeto: El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas destinadas a financiar el Programa «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas», para el mantenimiento del empleo en microempresas y personas trabajadoras autónomas, contribuyendo a su transición ecológica y digital en la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. Se establecen dos líneas de subvenciones, una de ellas dirigida a subvencionar el mantenimiento del empleo en empresas que hayan realizado inversiones dirigidas a su transformación ecológica y la otra a subvencionar el mantenimiento del empleo en empresas que hayan realizado inversiones dirigidas a su transformación digital.

Inversiones subvencionables:

A) En el caso de las inversiones para la transición ecológica: a) Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética. b) Instalaciones de energías no contaminantes y renovables. c) Equipamiento energéticamente eficiente destinado a la actividad, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (Ahhh, Ahh y Ah, o equivalentes). d) Equipos de climatización, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (Ahhh, Ahh y Ah, o equivalentes). e) Certificaciones medioambientales (EMAS, ISO14001, ISO 14006, UNE 150301, etiquetado verde, etc.), comprendiendo aquí la inversión de la implantación acometida. f) Elementos de transporte eléctricos o híbridos enchufables afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional; puntos de recarga eléctrica. A estos efectos, únicamente se entenderán afectos directa y exclusivamente a la actividad, los siguientes: – Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías. – Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación. – Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación. – Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas. – Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales. – Los utilizados en servicios de vigilancia. g) Soluciones de economía circular para avanzar en la sostenibilidad de la empresa: soluciones que reduzcan consumos, en general y de materia prima y energía, en particular; que reduzcan la generación de residuos; que incrementen la reutilización; que mejoren la eficiencia de uso del agua o reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero. Soluciones que posibiliten un diseño del producto y proceso embalaje alternativo que elimine o reduzca la generación de residuos. h) Implantación de proyectos de restauración de la biodiversidad, relacionados con la actividad económica.

B) En el caso de inversiones para la transición digital: a) Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software. b) Inversiones de despliegue o mejora de la conectividad inalámbrica. c) Implantación de soluciones tecnológicas para avanzar en la digitalización de la empresa: almacenamiento en la nube, cobro y pago seguro, gestión integral del negocio (clientes, proveedores, etc.), soluciones avanzadas basadas en procesos de Big Data, soluciones tecnológicas de experiencia del cliente (realidad aumentada, realidad virtual, realidad inmersiva, etc.), soluciones de facturación electrónica (incluido el software de facturación para el sistema TicketBAI-TBAI), gestión de servicios al cliente, terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos, etc. d) Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares).

Para acceder a la subvención, las inversiones realizadas deberán tener un importe mínimo de 600 euros, IVA excluido, en una de las dos líneas de subvención, bien en inversiones para la transición ecológica o en inversiones para la transición digital. A los efectos de alcanzar dicho importe mínimo se podrán sumar el coste de varios conceptos de inversión de la misma línea. Cada persona empresaria individual o empresa únicamente podrá ser beneficiaria de subven ción, y por una sola vez, al amparo de una de las dos líneas subvencionales.

Beneficiarios:

1.– Podrán ser beneficiarias de la subvención las microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las cooperativas y sociedades laborales, y las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas (empresarios/as individuales), que desarrollen su actividad y tengan al menos un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Euskadi y cuenten con menos de diez trabajadores asalariados o en su caso, socios trabajadores o de trabajo, y un volumen de negocio no superior a dos millones de euros.

2.– Para ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria, las microempresas y personas autónomas relacionadas en el apartado anterior deberán acreditar haber realizado y pagado inversiones para su transición ecológica o digital, en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

Plazo de solicitud

Del 2022-02-14 al 2022-02-14

Categorías

  • Sector: Para TODOS los SECTORES
    Área: Inversión y Empleo
    Objetivo: Proyectos Inversión General