Ayudas para la adquisición e instalación de EQUIPOS de LOCALIZACIÓN de BUQUES PESQUEROS vía satélite en buques pesqueros

Azalpena

Ayudas para la adquisición e instalación de equipos de localización de buques pesqueros vía satélite en buques pesqueros

 

Objeto: La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición e instalación de los equipos de registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividad pesquera previstos en la Orden ARM/3145/2009, de 19 de noviembre, por la que se regula la implantación del registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividad de los buques pesqueros españoles.

 

Colectivo beneficiario: Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de la presente orden, los armadores de buques de pesca, inscritos en el Censo de Flota Pesquera Operativa (CFPO), contemplados en el artículo 1.2 de la Orden ARM/3145/2009, de 19 de noviembre, que hayan adquirido e instalado por primera vez en los años 2009 ó 2010, un equipo de registro y transmisión electrónicos de la actividad pesquera, conforme a lo previsto en los artículos 3.1 y 4.1 de la citada orden, que reúnan las especificaciones técnicas recogidas en los anexos I y II a) de la misma, siempre que además se encuentren al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y no hayan recibido otras ayudas por el mismo concepto.

 

Requisitos: Estar inscritos en el Censo de Flota Pesquera Operativa (CFPO), contemplados en el artículo 1.2 de la Orden ARM/3145/2009, de 19 de noviembre, que hayan adquirido e instalado por primera vez en los años 2009 ó 2010, un equipo de registro y transmisión electrónicos de la actividad pesquera, conforme a lo previsto en los artículos 3.1 y 4.1 de la citada orden, que reúnan las especificaciones técnicas recogidas en los anexos I y II a) de la misma, siempre que además se encuentren al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y no hayan recibido otras ayudas por el mismo concepto.

 

Límite: La cuantía de la ayuda concedida podrá ser de un máximo del 75 % del coste de adquisición del equipo de recogida y transmisión electrónica de los datos de la actividad pesquera, con un límite de 4.500 euros por buque

  

Eskaera epea

2010-08-03-etik 2010-09-15-era

Sailak

  • Sektorea: ARRANTZA Azpisektorea
    Xedea: Inbertsioa eta Enplegua
    Eremua: Inbertsio Orokorreko Proiektuak