Programa «FÁBRICAS de CREACIÓN». Modalidad AGERTU.

Descripción

Subvenciones del programa "Fábricas de Creación". Modalidad AGERTU.

Objeto:

  • Las subvenciones previstas en la presente Orden van dirigidas a aquellos proyectos interdisciplinares que se materialicen durante el 2012 y que promuevan la intersección entre los diferentes ámbitos artísticos y sociales con el fin de promover las mejores oportunidades para la innovación artística.
  • A los efectos de definir la interdisciplinariedad solicitada, los ámbitos se ordenan de la siguiente manera:
  • Bloque 1. Un bloque troncal obligatorio en el que se recogen los ámbitos siguientes: Artes visuales, Cine y Audiovisuales, Danza, Literatura, Música, Teatro, Circo, Magia y Bertsolarismo.
  • Bloque 2. Un segundo bloque de materias que se desarrollen en los campos de la economía cultural, la ciencia y la sociedad, y más concretamente:
  • Economía cultural: Artesanía, Diseño gráfico o industrial, Gastronomía, Moda, Patrimonio cultural, Softwares interactivos para entretenimiento y comunicación, Robótica y similares.
  • Ciencias aplicadas: Administración de empresas, Agricultura, Arquitectura e Ingenierías, Biotecnología, Ciencias de la comunicación, Ciencias de la salud, Economía, Industria, Medio ambiente, Metalurgia, Transporte y otras ciencias aplicadas similares.
  • Ciencias sociales: Demografía, Ecología, Pedagogía, Urbanismo y otras ciencias sociales similares.
  • Trabajo social: Adicciones, Discapacidades, Exclusión social, Maltrato (mujeres, menores, ancianos…), Reclusos/as, Tercera edad, Víctimas de violencia, Igualdad de género y otras áreas sociales similares.
  • Los proyectos presentados deberán cumplir con cada una de las siguientes condiciones:
  • Que se trate de un proyecto nítidamente encuadrado dentro de alguna de las artes referidas en el Bloque 1.
  • Que el proyecto presente una clara intersección con al menos una de las disciplinas del Bloque 2, entendiéndose que se da la citada intersección cuando la propuesta presentada combine conocimientos, técnicas, formas y/o estructuras de alguna/s de las disciplinas del Bloque 1 con las de la/s disciplina/s del Bloque 2, y dé cómo resultado aplicaciones innovadoras en proyectos, productos o procesos relacionados con las disciplinas implicadas en la propuesta.
  • No serán subvencionables aquellos proyectos en los que la intersección propuesta tenga un sentido únicamente instrumental.

Proyectos subvencionables:

Esta modalidad regula las subvenciones destinadas a la presentación o exhibición pública de proyectos o productos creativos en centros, salas, programaciones, festivales y ferias, muestras, foros, mercados y, en general, cualquier evento que dé valor a dichos proyectos y productos creativos, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

  • Deberán realizarse durante la campaña que va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012.
  • En el caso de presentación de proyectos o productos, deberán realizarse fuera de la Comunidad Autónoma Vasca.
  • La actividad a realizar deberá cumplir al menos alguna de las tres condiciones siguientes:
  • Ser proyectos o productos subvencionados en las modalidades “Ikertu” o “Arragoa”, bien al amparo de la presente Orden, bien al de la Orden de 14 de junio de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2011 dentro del programa “Fábricas de Creación”.
  • Realizarse en alguno de los lugares o eventos relacionados en el Anexo para la modalidad “Agertu” que se adjunta a la presente Orden.
  • Realizarse en el marco de un acuerdo de intercambio o colaboración documentalmente acreditado entre una entidad relacionada en el citado Anexo, radicada en la Comunidad Autónoma del País Vasco y otra entidad de características similares de fuera de la CAPV.

Quedarán excluidas y no serán objeto de subvención aquellas propuestas que no cumplan con la exigencia de intersección.

Colectivo beneficiario:

  • Personas físicas y jurídicas privadas que en el momento de publicación de la presente Orden tengan su domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco y estén dadas de alta en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas relativo a alguna de las actividades pertenecientes a los bloques previstos entre las que el proyecto presentado plantea la intersección.
  • No obstante, quedarán excluidas y no serán objeto se subvención las solicitudes de presentación o exhibición de proyectos y productos realizadas por aquellas personas físicas o jurídicas que sean, a su vez, titulares, gestores o miembros de la entidad que ostente la titularidad o gestión el centro, sala, programación, festival, feria, muestra, foro, mercado o evento en el que pretende presentarse o exhibirse el proyecto o producto.
  • No se concederán subvenciones a las solicitudes formuladas por aquellas entidades privadas en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a cualquier Administración pública o institucional, entidad del sector público, financiera o de crédito.
  • No podrán concurrir a esta convocatoria quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se hallen incursos en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Plazo de solicitud

Del 2012-05-12 al 2012-10-31

Categorías

  • Sector: Sector INDUSTRIAS CULTURALES y CREATIVAS
    Área: Producción y Promoción
    Objetivo: Promoción e Internacionalización