Subvenciones del programa de proyectos Etorkizuna Eraikiz Gipuzkoa Taldean
Anexo 2: Proyectos de exploración
Objeto: Es objeto de las subvenciones, cuyo otorgamiento regulan las presentes bases, la financiación, en el marco de la iniciativa Etorkizuna Eraikiz, de Proyectos de Exploración que se planteen como respuesta a los retos que tiene Gipuzkoa. Los proyectos de exploración se caracterizan por tratarse de proyectos novedosos con nuevos enfoques para afrontar los retos que tiene Gipuzkoa. Cuentan con un alto potencial transformador y se espera que creen resultados que tengan impacto en el campo de dichos retos. Sin embargo, no están lo suficientemente maduros para que en su despliegue y experimentación obtengan el impacto potencial. Los proyectos de exploración deberán estar encuadrados obligatoriamente en alguno de los retos que se relacionan en el apartado 3 de la convocatoria anual.
Retos: Los proyectos de exploración deberán estar encuadrados obligatoriamente en alguno de los siguientes retos, para su desarrollo en cooperación y con componente innovador:
Beneficiarios: Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en estas bases universidades, centros de formación profesional, asociaciones, fundaciones, empresas públicas y privadas, ayuntamientos, mancomunidades, agencias de desarrollo y/o agrupaciones de interés económico-AIE, que promuevan en el Territorio Histórico de Gipuzkoa algún proyecto experimental que esté encuadrado en los retos recogidos en la base anterior. Las solicitudes de participación pueden presentarse individualmente o en agrupación. En el caso de que se acojan a las subvenciones más de una persona o entidad conjuntamente o en agrupación, en la correspondiente solicitud deberá hacerse constar los compromisos de ejecución que asume cada entidad integrante de la agrupación y el importe de la subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. A la solicitud deberá acompañar tantas declaraciones como entidades formen parte de la agrupación. En cualquier caso, deberá nombrarse una entidad representante de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que correspondan.
Del 2024-04-11 al 2024-04-30