AUTÓNOMOS - Consolidación y modernización de empresas de trabajo autónomo (Programa para la promoción de una Sociedad Emprendedora en Gipuzkoa)
Descripción
Subvenciones que tienen por objeto el acompañamiento en el proceso de creación y desarrollo empresarial, impulsando para ello el desarrollo de proyectos de consolidación y modernización de empresas de trabajo autónomo
Plazos a cumplir
Empresas beneficiarias
Autónomas/os radicados en Gipuzkoa, durante el periodo de consolidación de la empresa (a partir del año de su creación y hasta los 42 meses desde su creación).
Quedan excluídas:
i) personas físicas que hayan causado baja en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) o Equivalente en los doce meses previos a la presentación de la solicitud a las presentes Bases.
ii) sean autónomas socias de sociedades cooperativas o de sociedades laborales
iii ) sean entidades sin ánimo de lucro, entidades financieras (Epígrafes I.A.E.: 81, 82, 831, y 832) y de naturaleza inmobiliaria (Epígrafes I.A.E.: 833, 834 y 861.1) así como aquellas actividades contempladas en la sección 2 del IAE (actividades profesionales) y la sección 3 (actividades artísticas).
Qué se subvencionada
PROYECTOS QUE CUENTEN CON UN COSTE ELEGIBLE MÍNIMO 5.000 € (a excepción de los costes financieros asociados al proyecto).
Costes elegibles:
a) Inversiones en bienes de equipo, otras instalaciones, herramientas y útiles de trabajo, y en mobiliario (sólo comercio y turismo).
b) Inversiones en activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados.
c) Gastos de consultoría y trabajos externos prestados por entidades terceras que estén dirigidos a la mejora y competitividad de las empresas (no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad); y, que incluirán entre otros:
d) gastos financieros asociados directamente a la financiación ajena del proyecto a desarrollar
Cuantía de las ayudas
Procedimiento de concesión
Criterios de selección:
Los proyectos que en aplicación de los criterios obtengan menos de 50 puntos no darán derecho a subvención.
Sectores de actividad preferentes:
a) Biotecnología; Comercio minorista; Industria y servicios energéticos y medioambientales; Industria y servicios culturales; Metalmecánica; Nuevas formas de turismo; y, Tecnologías de la Información y Comunicación.
b) Servicios profesionales avanzados de innovación y tecnológicos ligados a consultoría estratégica y de innovación.
Del 2011-02-26 al 2011-05-31