Subvenciones para actividades musicales profesionales
Esta convocatoria contempla las siguientes modalidades de ayudas:
Cap.II: Edición de partituras.
Cap.III: Producción musical.
Cap.IV: Desarrollo sectorial.
Cap.V: Circuito Zuzen-Zuzenean.
Capítulo VI: Ciclos musicales.
Los proyectos, que se subvencionen en las modalidades de edición de partituras, producción musical y desarrollo sectorial, deberán desarrollarse y ser justificados entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de noviembre de 2025. Para las modalidades del Circuito Zuzen-Zuzenean y de Ciclos musicales, el periodo de actividades contemplado en la convocatoria se extiende entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.
Beneficiarios:
a) Ser personas físicas o jurídico-privadas con personalidad jurídica propia, empadronadas o cuya sede social se ubique en la Comunidad Αutónoma de Euskadi, o en caso contrario, que el proyecto presentado corresponda a obras de músicos nacidos o residentes en la Comunidad Αutónoma de Euskadi o bien que contenga un repertorio en euskera superior al 75 % del total.
b) Estar dado de alta en el Impuesto sobre actividades económicas en alguno de los epígrafes relacionados en el Αnexo I, en función de la modalidad a la que se concurra.
c) En el caso de las personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades musicales.
Del 2024-04-25 al 2024-05-24