Subvenciones extraordinarias para la REACTIVACIÓN de las ACTIVIDADES COMERCIALES, de SERVICIOS y de HOSTELERÍA de Oiartzun afectadas por la Covid-19

Descripción

Subvenciones extraordinarias para la reactivación de las actividades comerciales, de servicios y de hostelería de Oiartzun afectadas por la Covid-19

Objeto: Otorgar subvenciones para reactivar las actividades económicas en el ámbito de la restauración, hostelería y actividades de alojamiento situadas en Oiartzun afectadas por la COVID 19.

Gastos subvencionables: Se abonará una cantidad básica de 800 €, que subvencionará, entre otros, los siguientes gastos:

  • Gastos de remodelación del establecimiento o de readecuación de las formas de trabajo como consecuencia de la COVID-19.
  • Inversiones y equipamientos destinados a adaptar las formas de trabajo a nuevas relaciones con clientes y entidades suministradoras.
  • Adquisición de hardware y software.

Además, la subvención se complementará con los siguientes conceptos:

  • Gastos provenientes del arrendamiento/hipoteca de locales, siempre que estos no formen parte de la vivienda del solicitante o sean espacios compartidos con otra empresa, cuando no exista relación de parentesco o afinidad de hasta 2º grado con el arrendador del local y cuando el arrendador no sea socio de la persona física solicitante o partícipe de la persona jurídica.
  • Personal.

Beneficiarios:

  • Personas físicas o jurídicas pertenecientes a los sectores de actividad que se enumeran a continuación: Hoteles, pensiones y similares, restaurantes, cafeterías y bares, sidrerías ...
  • Ser una microempresa, con una plantilla igual o inferior a 10 trabajadores (a jornada completa) con un volumen de negocio anual o un balance general anual inferior a 2 millones de euros.
  • Haber resultado afectado por los cierres obligatorios y/o restricciones impuestas por el Decreto 36/2020 de 26 de octubre y Decreto 38/2020 de 6 de noviembre, modificatorio del anterior. Se deberá acreditar una reducción de facturación igual o superior al 50% en el mes de noviembre respecto a la media facturada en los últimos 6 meses de 2019.
  • Estar dado de alta en el régimen de Seguridad Social o en la correspondiente Mutua Profesonal y en Hacienda en el momento de la obligación de cierre (6 de noviembre de 2020).
  • Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas dentro de los epígrafes correspondientes a las actividades antes relacionadas con fecha 1 de septiembre de 2020 y acreditar que dispone del local de la actividad en Oiartzun. Disponer de un local abierto al público en Oiartzun (núcleo urbano, zonas comerciales o polígonos).
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda Foral y la Tesosería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Oiartzun, así como en el reintegro de subvenciones.
  • Estar en posesión de las correspondientes licencias municipales o, en su defecto, haber solicitado el inicio del procedimiento para su obtención y/o presentado la correspondiente comunicación previa.
  • No encontrarse incurso en ninguna de las situaciones de inhabilitación a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Plazo de solicitud

Del 2021-01-07 al 2021-01-22

Categorías

  • Sector: COVID-19
    Área: Sector COMERCIO & Servicios Profesionales
    Objetivo: Inversión
  • Sector: COVID-19
    Área: Sector TURISMO & HOSTELERÍA
    Objetivo: Inversión